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04 Marzo 2010
PODER JUDICIAL REITERA ORDEN DE REPOSICIÓN DE TRABAJADORES ILEGALMENTE DESPEDIDOS POR CLARO Y DA ULTIMATUM A LA EMPRESA

La justicia peruana se vuelve a imponer contra el deliberado y desafiante desacato cometido por la transnacional mexicana CLARO contra la orden del Poder Judicial peruano.

El día de ayer, jueves 04 de marzo, se notificó la Resolución Nº 4 respecto de la Medida Cautelar de fecha 28 de enero en la que el Primer Juzgado Constitucional de Lima ordena la inmediata reposición de los trabajadores despedidos, sobre la que Claro interpuso resurso de oposición con argumentos falsos, perversos, fantasiosos, insultantes y primariosos.

La Resolución Nº 4 notificada ayer desbarata uno a uno los argumentos de Claro con los que intentó bochornosamente dejar sin efecto la Medida Cautelar que ordena la reposición de nuestros compañeros y amigos fundadores del SUTAMP.

Con mucho agrado decimos que nuevamente el Primer Juzgado Constitucional de Lima ha resuelto de manera ejemplar y valiente, primero la sentencia en primera instancia, luego la Medida Cautelar y ahora al declarar IMPROCEDENTE la oposición a la Medida Cautelar interpuesta por Claro, reiterando la orden de reposición y exigiendo a Claro que cumpla con este mandato judicial dentro del quinto día, es decir, CLARO TIENE 5 DÍAS PARA REPONER A LOS TRABAJADORES DESPEDIDOS, SEGÚN ORDEN DEL JUEZ. En otras palabras, EL JUZGADO ORDENA A CLARO QUE A MÁS TARDAR EL PRÓXIMO JUEVES 11 DE MARZO CUMPLA CON REPONER A LOS TRABAJADORES ILEGALMENTE DESPEDIDOS POR FORMAR EL SINDICATO.

Esperamos que esta vez Claro no vuelva a cometer por segunda vez el delito de desacato a la autoridad. Recordemos que el pasado 19 de febrero Claro no acató la orden judicial de reposición argumentando de manera desafiante que ningún representante legal de la empresa se encontraba en ese momento, con tono burlesco el abogado de Claro sostenía ante la autoridad del Primer Juzgado Constitucional de Lima que la empresa es respetuosa de la ley pero que al no haber representantes legales en ese momento se veían imposibilidatos de acatar la orden judicial. Es decir, se sentó nuevamente en nuestras leyes, se burló de la orden del Juez y continuó haciendo uso de su poder para dilatar con manotazos de ahogado la inminente reposición de los trabajadores ilegalmente despedidos.

La Resolusión Nº 4 en sus párrafos más importantes señala:

"OCTAVO: Que asimismo esta judicatura considera que LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO TIENE COMO PREMISA FUNDAMENTAL EL RESPETO A LA DIGNIDAD DE LA PERSONA HUMANA, CONSTITUYENDO UNO DE SUS ATRIBUTOS EL DERECHO AL TRABAJO, EL CUAL DIGNIFICA A LA PERSONA A VIVIR DECOROSAMENTE, pero sin embargo en nuestro país con tan alta proporción de desempleo, los desocupados y sub empleados pertenecen al complejo mundo que se ha dado llamar de economía informal, en tal sentido RESULTA URGENTE AMPARAR LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES DE LOS ACCIONANTES POR REFERIRSE A UNA REPOSICION A UN CENTRO LABORAL."

"NOVENO: El trabajo hace vivir con dignidad, porque lo que se come no es fruto del trabajo ajeno ni del robo descarado o elegante, que es igual, sino de un esfuerzo noble y generoso. NO HAY COSA QUE SE MIRE CON MÁS DESDÉN EN LA SOCIEDAD QUE LA PEREZA, LA APATÍA, LA HOLGAZANERÍA, EL APROVECHARSE DE LOS DEMÁS Y LIBERARSE DE UNA LEY COMO LA DEL TRABAJO, QUE NOS OBLIGA A TODOS. Por los argumentos expuestos precedentemente, esta adjudicatura resuelve; declarar IMPROCEDENTE la oposición formulada por la entidad demandada, (...). Al primer otrosí: Requiérase a la entidad demandada para que dentro del quinto día dé cumplimiento estricto a la medida cautelar ordenada, bajo apercibimiento de aplicar multa compulsiva y progresiva y de remitir copia certificada al Ministerio Público. (...)."

SEÑORES MEXICANOS, ESTAMOS EN PERÚ. EXIGIMOS MÁS RESPETO A NUESTRAS LEYES. CUMPLAN EL MANDATO JUDICIAL Y REPONGAN A NUESTROS COMPAÑEROS ILEGALMENTE DESPEDIDOS !!!

Junta Directiva SUTAMP.


Conoce el contenido completo de la Medida Cautelar y la Resolución Nº 4 que declara improcedente la oposición interpuesta por Claro.

Admisión de Medida Cautelar

Rechazo a la Oposicion de Claro a ejecución de Medida Cautelar

 

 
 
Sindicato Unitario de Trabajadores de América Móvil Peru S.A.C. (CLARO PERU) - Fundado el 13 de febrero de 2009